Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding. The court found that the magistrate had previously served on the Supreme Court section that issued the administrative resolution being challenged. Consequently, the court ruled that his prior participation created a conflict of interest requiring his removal from the case.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from an amparo proceeding if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
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Sección Tercera. Auto 87/2024, de 24 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 6251-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6251-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 6251-2022, promovido por don Joaquim Torra Pla en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 22 de septiembre de 2022 el procurador de los tribunales don Javier Fernández Estrada, en nombre y representación de don Joaquim Torra Pla y bajo la dirección del letrado don Gonzalo Boye Tuset, formuló demanda de amparo contra la providencia de 28 de junio de 20022 dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso ordinario núm. 348-2019, resolución objeto del presente recurso de amparo.
2. Por escrito de 24 de septiembre de 2024 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 6251-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.