Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the administrative expulsion case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding against Nikita Bakutin's expulsion. The court found that Tribiño had previously served as a judge in the Supreme Court section that issued the contested administrative decision. Consequently, the court ruled that his prior participation constituted a valid cause for abstention under the Judicial Organization Law.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to recuse themselves from a constitutional amparo if they previously participated in the judicial organ that issued the challenged administrative resolution.
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Sala Segunda. Auto 35/2024, de 23 de abril de 2024. Recurso de amparo 285-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 285-2023, promovido por don Nikita Bakutin en proceso contencioso-administrativo.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla y doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 285-2023, promovido por don Nikita Bakutin, contra la resolución de 21 de noviembre de 2018 dictada por la Subdelegación del Gobierno en Barcelona que acordaba su expulsión del territorio nacional con una prohibición de entrada de cinco años, la sentencia de 13 de junio de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Barcelona, la sentencia de 8 de marzo de 2021, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y la providencia de 30 de noviembre de 2022, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado, con ponencia del magistrado don Ramón Sáez Valcárcel, el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado electrónicamente en este tribunal el 18 de enero de 2023 la procuradora de los tribunales doña María Luisa Martín Burgos, en representación de don Nikita Bakutin, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento, que fue registrado con el núm. 285-2023.
2. Por escrito de 22 de abril de 2024 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la providencia de 30 de noviembre de 2022 impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sala
ACUERDA
Aceptar la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 285-2023, y apartarle definitivamente del referido recurso y de todas sus incidencias.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 221.4 LOPJ).
Madrid, a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro.