Constitutional Court accepts judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding. The magistrate requested abstention because he previously served as a judge in the Supreme Court that issued the contested resolution. The court ruled that his prior participation created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law, necessitating his removal from the case.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution is subject to recusal due to the established cause of abstention.
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Sección Tercera. Auto 684/2023, de 18 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 8269-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 8269-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 8269-2022, promovido por don Antonio Moreno Donoso en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 14 de diciembre de 2022, el procurador de los tribunales don Fernando Pérez Cruz, en nombre y representación de don Antonio Moreno Donoso y bajo la dirección de la letrada doña María Teresa Iñiguez Velázquez, formuló demanda de amparo contra providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 6066-2022 contra sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en procedimiento ordinario núm. 436-2019.
2. Por escrito de 18 de septiembre de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 8269-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés.