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AUTO 649/2023 ECLI:ES:TC:2023:649A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the administrative case.

Case Number AUTO 649/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to recuse himself from a constitutional appeal. The judge argued that his prior participation as a Supreme Court magistrate in the original administrative ruling created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The court found this justification valid and formally removed the judge from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution.

Keywords

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judicial recusal conflict of interest constitutional appeal prior involvement abstention grounds

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 649/2023, de 11 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 5636-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5636-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 5636-2022, promovido por doña Ana Vilma Canales y otros en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 29 de julio de 2022, la procuradora de los tribunales doña María de la Concepción Moreno de Barreda Rovira, en nombre y representación de doña Ana Vilma Canales y otros y bajo la dirección del letrado don Julio Pérez Martín, formuló demanda de amparo contra el auto de 29 de junio de 2022 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de queja núm. 242-2022.

2. Por escrito de 1 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 5636-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a once de diciembre de dos mil veintitrés.