Constitutional Court accepts judge's recusal due to prior participation in the contested administrative ruling.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the Supreme Court's decision under review. The applicant, RHL Hamburger Lloyd Tanker GmbH, filed an appeal against a Supreme Court ruling, leading to this constitutional remedy. The court ruled that the judge's prior involvement created a conflict of interest under the Judicial Organization Law, necessitating his removal from the case.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
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Sección Tercera. Auto 640/2023, de 11 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 1152-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1152-2022, promovido por la entidad RHL Hamburger Lloyd Tanker GmbH & CO KG, en proceso contencioso administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1152-2022, promovido por la entidad RHL Hamburger Lloyd Tanker GmbH & Co. KG, en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 22 de febrero de 2022 la procuradora de los tribunales doña Virginia Rosa Lobo Ruiz, en nombre y representación de la entidad RHL Hamburger Lloyd Tanker GmbH & Co. KG y bajo la dirección del letrado don José Antonio Domínguez Castro, formuló demanda de amparo contra la sentencia núm. 1531-2021, de 20 de diciembre de 2021, dictada por el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, resolución objeto del presente recurso de amparo núm. 1152-2022.
2. Por escrito de 12 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1152-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a once de diciembre de dos mil veintitrés.