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AUTO 635/2023 ECLI:ES:TC:2023:635A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the administrative case.

Case Number AUTO 635/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing a constitutional appeal. The judge, who previously participated in the administrative proceedings, argued that his prior involvement created a conflict under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The court ruled that this prior participation constituted a valid cause for recusal, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the administrative instance is legally bound to recuse themselves from the subsequent constitutional appeal.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior involvement constitutional appeal administrative proceedings

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 635/2023, de 4 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 3291-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3291-2023, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 3291-2023, promovido por doña Belén Sanz Aránguez Ávila y otros en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 18 de mayo de 2023, el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña Belén Sanz Aránguez Ávila y otros y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra el auto de fecha 10 de noviembre de 2022 y providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de queja núm. 404-2022.

2. Por escrito de 5 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 3291-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil veintitrés.