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AUTO 626/2023 ECLI:ES:TC:2023:626A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the appealed administrative case.

Case Number AUTO 626/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a request for recusal by a judge who had previously participated in the administrative proceedings underlying the appeal. The applicant, Berta Fernández Álvarez, filed a constitutional protection suit against a Supreme Court ruling, which the judge had authored in an earlier instance. The court ruled that the judge's prior participation constituted a valid cause for abstention under Article 219.11 of the Judicial Organization Law.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to recuse themselves from a constitutional protection suit if they previously participated in the judicial instance that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge cause for abstention prior judicial participation constitutional protection suit conflict of interest Judicial Organization Law administrative appeal

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 626/2023, de 4 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 8291-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 8291-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 8291-2022, promovido por doña Berta Fernández Álvarez y otros en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 15 de diciembre de 2022, el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña Berta Fernández Álvarez y otros y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra la providencia de 3 de noviembre de 2022, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 1204-2022 contra sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en recurso de apelación núm. 1312-2020.

2. Por escrito de 5 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 8291-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil veintitrés.