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AUTO 624/2023 ECLI:ES:TC:2023:624A AI generated

Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 624/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding. The magistrate requested withdrawal because he previously served as a judge in the Supreme Court that issued the contested administrative resolution. The Court ruled that his prior participation in the lower instance created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law, necessitating his removal from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to recuse themselves from a constitutional amparo proceeding if they previously participated in the judicial organ that issued the contested administrative resolution.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior judicial participation constitutional amparo administrative litigation LOPJ recusal judicial impartiality

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court (LOTC)
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power (LOPJ)
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 624/2023, de 4 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 7603-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 7603-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 7603-2022, promovido por don Siradio Bah en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 18 de noviembre de 2022 la procuradora de los tribunales doña María Inmaculada Mozos Serna, en nombre y representación de don Siradio Bah y bajo la dirección de la letrada doña María Esperanza Pies Hernández, formuló demanda de amparo contra la providencia de 11 de octubre de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 4107-2022 contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en procedimiento ordinario núm. 952-2020.

2. Por escrito de 1 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 7603-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil veintitrés.