Legislator Case Law & Legislation
AUTO 610/2023 ECLI:ES:TC:2023:610A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the appealed administrative resolution.

Case Number AUTO 610/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

AI generated

The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative resolution under review. The applicant sought protection against the Supreme Court's cassation ruling, which the recused judge had authored in his former capacity. The court ruled that the judge's prior involvement created a conflict of interest under the Judicial Organization Law, necessitating his removal from the case.

Legislator headnote

AI generated

Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

AI generated
recusal of judge conflict of interest prior judicial involvement constitutional appeal administrative resolution

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Sección Tercera. Auto 610/2023, de 1 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 5380-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5380-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 5380-2022, promovido por doña Celia Margarita Muria Rivas en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 21 de julio de 2022 la procuradora de los tribunales doña María Blanca Fernández de la Cruz Martín, en nombre y representación de doña Celia Margarita Muria Rivas y bajo la dirección del letrado don Fernando Muñiz Zubeldia, formuló demanda de amparo contra la providencia de 8 de junio de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 8756-2021 contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en recurso de apelación núm. 208-2020.

2. Por escrito de 29 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 5380-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a uno de diciembre de dos mil veintitrés.