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AUTO 609/2023 ECLI:ES:TC:2023:609A AI generated

Constitutional Court grants abstention to judge who previously decided the case in administrative proceedings.

Case Number AUTO 609/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a request for a judge's abstention from hearing an amparo appeal. The judge, who had previously participated in the administrative proceedings that generated the contested resolution, formally requested withdrawal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court ruled that this prior involvement created a conflict of interest requiring the judge's removal from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial instance that issued the contested resolution is subject to mandatory abstention in the subsequent amparo appeal to ensure impartiality.

Keywords

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judicial abstention conflict of interest amparo appeal prior judicial participation impartiality requirement administrative proceedings removal from case

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 609/2023, de 1 de diciembre de 2023. Recurso de amparo 5263-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5263-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 5263-2022, promovido por doña Yanira Haydee Ardón Sánchez y otra persona más en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 18 de julio de 2022 la procuradora de los tribunales doña Cristina de Prada Antón, en nombre y representación de doña Yanira Haydee Ardón Sánchez y otra persona más, y bajo la dirección de la letrada doña María de las Mercedes Herrezuelo Grás, formuló demanda de amparo contra auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de queja núm. 252-2022.

2. Por escrito de 29 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 5263-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a uno de diciembre de dos mil veintitrés.