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AUTO 580/2023 ECLI:ES:TC:2023:580A AI generated

Constitutional Court grants judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 580/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to recuse himself from the amparo proceeding. The judge, who previously participated in the Supreme Court's decision being challenged, argued that his involvement violated the impartiality requirements of Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court ruled that the statutory cause for recusal was justified and definitively removed the judge from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution is subject to recusal to ensure impartiality.

Keywords

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judicial recusal impartiality requirement prior involvement amparo proceeding conflict of interest

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 580/2023, de 16 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 1433-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1433-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1433-2022, promovido por doña Ghada Helmi Zaki Alayadi y otros en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 3 de marzo de 2022, la procuradora de los tribunales doña Irene Gutiérrez Carrillo, en nombre y representación de doña Ghada Helmi Zaki Alayadi y otros y bajo la dirección del letrado don Iván Ortega Ruiz, formuló demanda de amparo contra el auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 556-2021 contra el dictado por la Sección Segunda de la Sala de igual orden de la Audiencia Nacional, procedimiento ordinario núm.1171-2017.

2. Por escrito de 4 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1433-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés.