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AUTO 575/2023 ECLI:ES:TC:2023:575A AI generated

Constitutional Court accepts judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 575/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing the appeal due to prior participation in the lower court proceedings. The applicant, Ms. Boto Lorca, filed a protection appeal against a Supreme Court decision, while the judge cited Article 219.11 of the Judicial Organization Law as grounds for recusal. The court ruled that the judge's previous involvement in the administrative instance created a conflict of interest requiring his removal from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution is subject to mandatory recusal to ensure impartiality.

Keywords

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judicial recusal conflict of interest protection appeal impartiality requirement prior involvement

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 575/2023, de 13 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 4214-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4214-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 4214-2023, promovido por doña Ruth María Rosario Boto Lorca en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 20 de junio de 2023, el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña Ruth María Rosario Boto Lorca y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra el auto y la providencia de 9 de mayo de 2023 dictados por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 376-2022 contra la sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en procedimiento ordinario núm. 333-2020.

2. Por escrito de 26 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 4214-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a trece de noviembre de dos mil veintitrés.