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AUTO 572/2023 ECLI:ES:TC:2023:572A AI generated

Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the administrative case.

Case Number AUTO 572/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative proceedings underlying the appeal. The applicant, Mrs. Álvarez Maqueda, filed a protection appeal against a Supreme Court ruling, prompting the judge to request withdrawal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court ruled that the judge's prior involvement constituted a valid cause for abstension, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to abstain from hearing a case if they previously participated in the judicial instance that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge cause for abstention prior judicial involvement protection appeal conflict of interest Judicial Organization Law Tribunal Constitucional

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
Art. 219.11 LOPJ
Art. 221.4 LOPJ
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 572/2023, de 13 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 3868-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3868-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 3868-2023, promovido por doña María Engracia Álvarez Maqueda en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 7 de junio de 2023, la procuradora de los tribunales doña Gloria Santísima Trinidad Navarro Rodríguez, en nombre y representación de doña María Engracia Álvarez Maqueda y bajo la dirección del letrado don Luis Carlos Albo Aguirre, formuló demanda de amparo contra las providencias de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de casación núm. 5029-2022.

2. Por escrito de 9 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 3868-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a trece de noviembre de dos mil veintitrés.