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AUTO 552/2023 ECLI:ES:TC:2023:552A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal request due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 552/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing the appeal, removing him from the case. The applicant, Uxía Rodríguez Rodríguez, filed a protection appeal against a Supreme Court administrative ruling, which had been issued by the very court where the recusing judge previously served. The court ruled that the judge's prior participation in the lower instance created a conflict of interest under the Judicial Organization Law, necessitating his removal to ensure impartiality.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTT; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a protection appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

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judicial recusal conflict of interest protection appeal impartiality requirement prior judicial participation

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 552/2023, de 10 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 54-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 54-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 54-2023, promovido por doña Uxía Rodríguez Rodríguez en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 9 de enero de 2023, el procurador de los tribunales don Juan Luis Senso Gómez, en nombre y representación de doña Uxía Rodríguez Rodríguez y bajo la dirección del letrado don Miguel Ángel Vizcaíno Galán, formuló demanda de amparo contra el auto de 15 de diciembre de 2022 dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 515-2022 contra el auto de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, procedimiento ordinario núm. 1638-2021.

2. Por escrito de 4 de septiembre de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 54-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a diez de noviembre de dos mil veintitrés.