Constitutional Court grants a judge's recusal request due to prior involvement in the appealed administrative resolution.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal request of Magistrate César Tolosa Tribiño from the Third Section. The Magistrate argued he must abstain because he previously served on the Supreme Court's First Section, which issued the administrative resolution under review. The Court ruled that his prior participation in the original case created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law, justifying his removal from the proceedings.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must abstain from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
Keywords
AI generatedCited Legislation
AI generatedRelated Decisions
AI generatedFull text
Sección Tercera. Auto 537/2023, de 10 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 2182-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2182-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 2182-2022, promovido por don Diego Alvés Pereira en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 29 de marzo de 2022, la procuradora de los tribunales doña Paloma Izquierdo Labrada, en nombre y representación de don Diego Alvés Pereira y bajo la dirección del letrado don Alfonso Carbonell Tortosa, formuló demanda de amparo contra la providencia de 16 de diciembre de 2021 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de casación núm. 5505-2021 dimanante de la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, recurso de apelación núm. 150-2020.
2. Por escrito de 5 de julio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2182-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a diez de noviembre de dos mil veintitrés.