Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of a judge who previously decided the case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a recusal request by Magistrate César Tolosa Tribiño, removing him from the case. The court found the magistrate's prior participation in the administrative court decision that was now being challenged constituted a valid cause for abstention under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. Consequently, the appeal was dismissed as the designated judge could not legally participate.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution is subject to mandatory recusal in a subsequent constitutional appeal.
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Sección Tercera. Auto 534/2023, de 6 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 4315-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4315-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 4315-2023, promovido por doña Cristina Mourelle Cacharrón y otros en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 23 de junio de 2023, el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña Cristina Mourelle Cacharrón y otros y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra el auto y la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 386-2022.
2. Por escrito de 5 de julio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 4315-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a seis de noviembre de dos mil veintitrés.