Constitutional Court dismisses appeal due to judge's mandatory recusal from prior administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a recusal request by Magistrate César Tolosa Tribiño, who had previously participated in the administrative proceedings. The court found the statutory cause for abstension valid because the magistrate had intervened in the original case. Consequently, the magistrate was definitively removed from the constitutional appeal.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTTTC; 219.11 LOPJ: A judge who participated in the prior administrative instance is subject to mandatory recusal in the subsequent constitutional appeal.
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Sección Tercera. Auto 533/2023, de 6 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 4251-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4251-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 4251-2023, promovido por doña María Gema Ginestar Gómez en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 21 de junio de 2023, la procuradora de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña María Gema Ginestar Gómez y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra la providencia y el auto de 23 de noviembre de 2022 dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 421-2022.
2. Por escrito de 30 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 4251-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a seis de noviembre de dos mil veintitrés.