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AUTO 528/2023 ECLI:ES:TC:2023:528A AI generated

Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory judge recusal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law.

Case Number AUTO 528/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a request for recusal by a judge who had previously participated in the lower court proceedings. The applicant sought protection against the original administrative decision, but the judge cited his prior involvement as grounds for abstention under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. Consequently, the court formally removed the judge from the case, resulting in the dismissal of the appeal without a substantive ruling on the merits.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must abstain from hearing a case if they previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution.

Keywords

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judicial recusal mandatory abstention prior participation judicial organization law constitutional appeal conflict of interest procedural dismissal

Cited Legislation

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Article 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Article 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 528/2023, de 6 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 3731-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3731-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 3731-2023, promovido por doña María Isabel Hernández Ortego en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 1 de junio de 2023, el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña María Isabel Hernández Ortego y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, formuló demanda de amparo contra el auto de 16 de noviembre de 2022 y la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 410-2022 contra la sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en procedimiento ordinario núm.1639-2020.

2. Por escrito de 5 de julio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 3731-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a seis de noviembre de dos mil veintitrés.