Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the appealed administrative resolution.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding. The magistrate requested withdrawal because he previously served on the Supreme Court section that issued the contested administrative resolution. The court ruled that this prior participation constituted a valid cause for abstention under the Judicial Organization Law.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the challenged resolution.
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Sección Tercera. Auto 498/2023, de 2 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 7267-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 7267-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 7267-2022, promovido por don Rhonald Andrés Sanabria Lerma en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 7 de noviembre de 2022, el procurador de los tribunales don Agustín Roberto Schiavón Raineri, en nombre y representación de don Rhonald Andrés Sanabria Lerma y bajo la dirección de la letrada doña María Pilar Martínez Albertos, formuló demanda de amparo contra la providencia de 5 de octubre de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de casación núm. 3896-2022 contra la sentencia de 2 de marzo de 2022 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, procedimiento ordinario núm. 1661-2020.
2. Por escrito de 22 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 7267-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a dos de noviembre de dos mil veintitrés.