Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of judge who previously decided the case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a recusal request by Magistrate César Tolosa Tribiño, who had previously served on the Supreme Court panel that issued the contested administrative ruling. The court found the statutory grounds for recusal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law satisfied because the magistrate participated in the prior instance. Consequently, the magistrate was permanently removed from the case, and the appeal proceeded without his participation.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge who participated in the judicial organ that issued the resolution being appealed in a constitutional protection action is subject to mandatory recusal under paragraph 11 of Article 219 of the Judicial Organization Law.
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Sección Tercera. Auto 491/2023, de 2 de noviembre de 2023. Recurso de amparo 4791-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4791-2022, promovido en proceso contencioso administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 4791-2022, promovido por don James Imeh en proceso contencioso administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 1 de julio de 2022, la procuradora de los tribunales doña Gema María Chavernas Tejedor, en nombre y representación de don James Imeh y bajo la dirección del letrado don Antonio Córdoba Illescas, formuló demanda de amparo contra la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 6085-2021.
2. Por escrito de 22 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 4791-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a dos de noviembre de dos mil veintitrés.