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AUTO 460/2023 ECLI:ES:TC:2023:460A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 460/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing the appeal due to his prior participation in the Supreme Court's decision. The applicant argued for a review of the contested administrative ruling, but the court found the judge's previous role in the same case constituted a valid cause for recusal under the Judicial Organization Law. Consequently, the judge was permanently removed from the case, and the appeal proceeded without his involvement.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTTTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge cause for abstention prior judicial participation conflict of interest constitutional appeal procedure

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 460/2023, de 23 de octubre de 2023. Recurso de amparo 6484-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6484-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 6484-2022, promovido por don Miguel Ángel González Sastre en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 3 de octubre de 2022 el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de don Miguel Ángel González Sastre y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, presentó demanda de amparo contra la providencia de 19 de julio de 2022 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 7169-2021.

2. Por escrito de 1 de junio de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 6484-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil veintitrés.