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AUTO 393/2023 ECLI:ES:TC:2023:393A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 393/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative proceedings leading to the contested decision. The applicant, Rosa María Martínez González, filed an amparo against a Supreme Court ruling, prompting the judge to request withdrawal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court deemed the recusal justified because the judge had served on the specific chamber that issued the impugned resolution.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from an amparo proceeding if they previously participated in the judicial organ that issued the resolution being challenged.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior judicial participation amparo procedure administrative litigation

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
Art. 219.11 LOPJ
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 393/2023, de 4 de septiembre de 2023. Recurso de amparo 6649-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6649-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 6649-2022, promovido por doña Rosa María Martínez González en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 10 de octubre de 2022 la procuradora de los tribunales doña Bárbara Sánchez Lorente, en nombre y representación de doña Rosa María Martínez González y bajo la dirección del letrado don Julio Pérez Martín, interpuso demanda de amparo contra providencia de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 1649-2022.

2. Por escrito de 4 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 6649-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veintitrés.