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AUTO 387/2023 ECLI:ES:TC:2023:387A AI generated

Constitutional Court grants abstention for a judge who previously participated in the contested administrative case.

Case Number AUTO 387/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court granted a request for abstention by a judge who had previously participated in the underlying administrative proceedings. The municipality argued that the judge's prior involvement created a conflict of interest under the relevant judicial law. The court accepted this justification, ruling that the judge must be removed from the case to ensure impartiality.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial instance leading to the contested resolution is subject to mandatory abstention in the subsequent constitutional appeal.

Keywords

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judicial abstention conflict of interest constitutional appeal prior participation impartiality requirement administrative litigation LOPJ article 219

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 387/2023, de 4 de septiembre de 2023. Recurso de amparo 4523-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4523-2022, promovido por el Ayuntamiento de Zamora, en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 4523-2022, promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Zamora en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 22 de junio de 2022 la procuradora de los tribunales doña Myriam Álvarez del Valle Lavesque, en nombre y representación de Exmo. Ayuntamiento de Zamora y bajo la dirección del letrado don Oscar Rodríguez Díaz , interpuso demanda de amparo contra providencia de fecha 27 de abril de 2022, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación 1281-2022 contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en recurso de apelación 316-2020.

2. Por escrito de 4 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 4523-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil veintitrés.