Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a formal request for recusal by Magistrate César Tolosa Tribiño from the Third Section. The magistrate argued that his prior role as a judge in the Supreme Court's administrative section that issued the contested resolution created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. Consequently, the court deemed the cause for abstention justified and permanently removed the magistrate from the case.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution.
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Sección Tercera. Auto 339/2023, de 3 de julio de 2023. Recurso de amparo 5203-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5203-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 5203-2022, promovido por don Diego Martín Gil Movilla, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 15 de julio de 2022 el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de don Diego Martín Gil Movilla y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, interpuso demanda de amparo contra providencias de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 4010-2021.
2. Por escrito de 24 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 5203-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a tres de julio de dos mil veintitrés.