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AUTO 280/2023 ECLI:ES:TC:2023:280A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 280/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative case. The applicant sought protection against the Supreme Court's decision, but the judge cited his prior role as the reason for abstention. The court ruled that the statutory cause for recusal was valid and removed the judge from the proceedings.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTT; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge prior judicial participation constitutional appeal administrative resolution LOPJ recusal cause judge abstention conflict of interest

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 280/2023, de 1 de junio de 2023. Recurso de amparo 2253-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2253-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 2253-2023, promovido por don Miguel Ángel García Garrido en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 4 de abril de 2023 el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de don Miguel Ángel García Garrido y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, interpuso demanda de amparo contra el auto de 3 de noviembre de 2022 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de queja núm. 291-2022.

2. Por escrito de 25 de abril de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2253-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a uno de junio de dos mil veintitrés.