Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of a judge who previously decided the case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a request for recusal by a judge who had previously participated in the administrative court decision being challenged. The applicant argued that the judge's prior involvement violated impartiality requirements under the Judicial Organization Law. The court ruled that the statutory cause for recusal was justified, thereby removing the judge from the proceedings.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution is subject to mandatory recusal in a subsequent constitutional appeal.
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Sección Tercera. Auto 279/2023, de 1 de junio de 2023. Recurso de amparo 2167-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2167-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 2167-2023, promovido por doña Consuelo Cortés Rodríguez y otros en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 31 de marzo de 2023 el procurador de los tribunales don José María Ruiz de la Cuesta Vacas, en nombre y representación de doña Consuelo Cortés Rodríguez y otros y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, interpuso demanda de amparo contra el auto de 8 de noviembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de queja núm. 273-2022.
2. Por escrito de 25 de abril de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2167-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a uno de junio de dos mil veintitrés.