Constitutional Court accepts judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from reviewing the amparo appeal. The court found that the magistrate had previously served on the Supreme Court section that issued the challenged administrative resolution. Consequently, the court ruled that his participation violated the statutory grounds for recusal under Article 219.11 of the Judicial Organization Law.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
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Sala Segunda. Auto 260/2023, de 22 de mayo de 2023. Recurso de amparo 5744-2020. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5744-2020, promovido por doña Erundina Adjaba Honsuy Nsa en proceso contencioso-administrativo.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María Luisa Balaguer Callejón, don Enrique Arnaldo Alcubilla, y doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 5744-2020, promovido por doña Erundina Adjaba Honsuy Nsa, contra el auto de 9 de octubre de 2020 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que acuerda desestimar el recurso de queja núm. 120-2020, interpuesto contra el auto de 5 de febrero de 2020, dictado por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que acordó no haber lugar a tener por preparado el recurso de casación anunciado contra la sentencia de 13 de diciembre de 2019, dictada en el recurso de apelación núm. 820-2019, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado electrónicamente en este tribunal el 24 de noviembre de 2020 la procuradora de los tribunales doña María Teresa Guijarro de Abia, en representación de doña Erundina Adjaba Honsuy Nsa, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento, que fue registrado con el núm. 5744-2020. La Sección Primera de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, mediante providencia de 21 de abril de 2021 admitió a trámite el recurso de amparo.
2. Por escrito de 11 de mayo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sala
ACUERDA
Aceptar la abstención formulada por el magistrado don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 5744-2020, y apartarle definitivamente del referido recurso y de todas sus incidencias.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 221.4 LOPJ).
Madrid, a veintidós de mayo de dos mil veintitrés.