Legislator Case Law & Legislation
AUTO 248/2023 ECLI:ES:TC:2023:248A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 248/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

AI generated

The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing the appeal due to his prior participation in the Supreme Court's decision. The applicant, Borja Martínez Pérez, filed a constitutional appeal against the Supreme Court's ruling, which the judge had previously authored. The court ruled that the statutory cause for recusal was justified because the judge had intervened in the specific administrative resolution being challenged.

Legislator headnote

AI generated

Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

AI generated
constitutional appeal judge recusal LOPJ recusal prior judicial involvement administrative resolution Tribunal Constitucional abstention grounds

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 LOTC
Art. 219.11 LOPJ
art. 219 LOPJ
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Sección Tercera. Auto 248/2023, de 16 de mayo de 2023. Recurso de amparo 3512-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3512-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 3512-2022, promovido por don Borja Martínez Pérez en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 17 de mayo de 2022 el procurador de los tribunales don Ramón de la Vega Peña, en nombre y representación de don Borja Martínez Pérez y bajo la dirección de la letrada doña María Mercedes Sánchez Sánchez, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 11 de mayo de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 4749-2021.

2. Por escrito de 17 de abril de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 3512-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.