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AUTO 246/2023 ECLI:ES:TC:2023:246A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 246/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative proceedings underlying the appeal. The applicant, Dashiell Salas Peinado, filed a protection appeal against a Supreme Court ruling, prompting the judge to request non-participation under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court ruled that the judge's prior role in the contested case constituted a valid cause for recusal, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to recuse themselves from a protection appeal if they previously participated in the judicial instance that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge protection appeal prior judicial involvement conflict of interest Judicial Organization Law Tribunal Constitucional administrative proceedings

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
Art. 219.11 LOPJ
Art. 221.4 LOPJ
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 246/2023, de 16 de mayo de 2023. Recurso de amparo 3415-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3415-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 3415-2022, promovido por don Dashiell Salas Peinado y otros en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 13 de mayo de 2022 la procuradora de los tribunales doña María Esperanza Álvaro Mateo, en nombre y representación de don Dashiell Salas Peinado y otros y bajo la dirección del letrado don Jesús Paulino Cruz Miñambres, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 4 de mayo de 2022 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 8450-2021.

2. Por escrito de 21 de marzo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 3415-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.