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AUTO 243/2023 ECLI:ES:TC:2023:243A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 243/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to recuse himself from a merits decision on a constitutional complaint. The judge, who previously participated in the Supreme Court's ruling being challenged, argued that his prior involvement created a conflict under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court agreed that this specific prior participation constituted a valid cause for abstention, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTT; 219.11 LOPJ: A judge is justified in requesting recusal if they previously participated in the judicial organ that issued the resolution being challenged in the constitutional complaint.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior judicial participation constitutional complaint abstention grounds

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 243/2023, de 16 de mayo de 2023. Recurso de amparo 2551-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2551-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 2551-2022, promovido por doña Albina Bustamante Peláez en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 8 de marzo de 2022 el procurador de los tribunales don Juan Manuel Rico Palomar, en nombre y representación de doña Albina Bustamante Peláez y bajo la dirección del letrado don Roberto López Ortega, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 30 de marzo de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 2598-2021.

2. Por escrito de 21 de marzo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2551-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.