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AUTO 241/2023 ECLI:ES:TC:2023:241A AI generated

Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of judge who previously decided the case.

Case Number AUTO 241/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court granted a request for recusal, removing a judge from the appeal due to prior involvement in the contested administrative ruling. The applicant, Juana Mejía del Río, filed an appeal against a Supreme Court decision, prompting the judge to voluntarily abstain under Article 219.11 of the Judicial Organization Law. The Court upheld the recusal, ruling that the judge's previous participation created a conflict of interest requiring his removal from the proceedings.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution is subject to mandatory recusal in subsequent constitutional appeals involving that same resolution.

Keywords

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mandatory recusal conflict of interest judicial impartiality constitutional appeal prior involvement Ley Orgánica Poder Judicial abstention grounds

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
Art. 219.11 LOPJ
Art. 221.4 LOPJ
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 241/2023, de 16 de mayo de 2023. Recurso de amparo 1938-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1938-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1938-2022, promovido por doña Juana Mejía del Río y otros en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 21 de marzo de 2022 la procuradora de los tribunales doña Silvia Urdiales González, en nombre y representación de doña Juana Mejía del Río y otros y bajo la dirección de la letrada doña María Rosa Sanz García-Muro, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 2 de febrero de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 6952-2021.

2. Por escrito de 21 de marzo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1938-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.