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AUTO 233/2023 ECLI:ES:TC:2023:233A AI generated

Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of a judge who previously decided the case.

Case Number AUTO 233/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a recusal request by Magistrate César Tolosa Tribiño, who had previously served on the Supreme Court panel that issued the contested administrative ruling. The applicant, represented by her lawyer, filed an appeal against these prior judicial decisions, prompting the current judge to invoke the statutory grounds for recusal. The Court ruled that the judge's prior involvement in the original proceedings constituted a valid cause for abstention under the Organic Law of the Judiciary, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution is subject to mandatory recusal in subsequent constitutional appeals.

Keywords

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mandatory recusal prior judicial involvement constitutional appeal Organic Law Judiciary judge abstention conflict of interest administrative litigation

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judiciary
LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
art. 219 LOPJ
LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
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Full text

Sección Tercera. Auto 233/2023, de 8 de mayo de 2023. Recurso de amparo 1500-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1500-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1500-2023, promovido por doña Ana María de los Reyes de la Rosa y otras en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 6 de marzo de 2023 la procuradora de los tribunales doña Ana María Araúz de Robles Villalón, en nombre y representación de doña Ana María de los Reyes de la Rosa y otras y bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Araúz de Robles Dávila, interpuso demanda de amparo contra providencias de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación núm. 3342-2022 contra sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en recurso núm. 677-2020.

2. Por escrito de 14 de marzo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221. LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1500-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a ocho de mayo de dos mil veintitrés.