Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from reviewing the appeal. This decision was based on his prior role as a judge in the Supreme Court that issued the contested resolution. Consequently, the magistrate was definitively removed from the case to ensure judicial impartiality.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
Keywords
AI generatedCited Legislation
AI generatedRelated Decisions
AI generatedFull text
Sección Tercera. Auto 206/2023, de 24 de abril de 2023. Recurso de amparo 714-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 714-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 714-2023, promovido por SACYR, S.A., en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 6 de febrero de 2023 el procurador de los Tribunales don Gabriel María de Diego Quevedo, en nombre y representación de SACYR, S.A., y bajo la dirección del letrado don Joaquín Huelín Martínez de Velasco, interpuso demanda de amparo contra el auto de 1 de diciembre de 2022 dictado por el Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 1558-2022.
2. Por escrito de 16 de febrero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 714-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil veintitrés.