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AUTO 193/2023 ECLI:ES:TC:2023:193A AI generated

Constitutional Court accepts a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 193/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of Magistrate César Tolosa Tribiño from the amparo proceeding. The magistrate requested to abstain because he previously served as a judge in the Supreme Court's cassation chamber that issued the contested administrative resolution. The court ruled that his prior participation in the lower instance created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law, justifying his removal from the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTT; 219.11 LOPJ: A judge is legally obligated to recuse themselves from a constitutional amparo proceeding if they previously participated in the judicial organ that rendered the contested administrative decision.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior judicial participation constitutional amparo abstention grounds judicial independence LOPJ recusal

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 193/2023, de 24 de abril de 2023. Recurso de amparo 1067-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1067-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1067-2022, promovido por don José González Orti en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente:

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 18 de febrero de 2022 el procurador de los tribunales don Luis Fernando Álvarez Wiese, en nombre y representación de don José González Orti y bajo la dirección del letrado don José Blas De Tapia Gómez, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 13 de enero de 2022, en el recurso de casación núm. 3179-2019, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

2. Por escrito de 16 de febrero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1067-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil veintitrés.