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AUTO 178/2023 ECLI:ES:TC:2023:178A AI generated

Constitutional Court grants abstention to judge who previously participated in the contested administrative case.

Case Number AUTO 178/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a request for a judge's abstention from a constitutional appeal. The judge, who had previously participated in the administrative case before the Supreme Court, cited Article 219.11 of the Judicial Organization Law as grounds. The Court ruled that the judge was indeed subject to the mandatory abstention clause and removed him from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial instance leading to the contested resolution is subject to mandatory abstention in the corresponding constitutional appeal.

Keywords

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judicial abstention conflict of interest constitutional appeal LOPJ Article 219 previous participation

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sala Segunda. Auto 178/2023, de 17 de abril de 2023. Recurso de amparo 6324-2020. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6324-2020, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla y doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 6324-2020, promovido por don Jeifry Manuel de la Cruz en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 21 de diciembre de 2020 la procuradora de los tribunales doña Bárbara Sánchez Lorente, en nombre y representación de don Jeifry Manuel de la Cruz y bajo la dirección del letrado don Jorge Izquierdo Freire, interpuso demanda de amparo contra la providencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, en fecha 21 de septiembre de 2020, en el recurso de casación núm. 7732-19.

2. Por escrito de 26 de enero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sala

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 6324-2020 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a diecisiete de abril de dos mil veintitrés.