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AUTO 176/2023 ECLI:ES:TC:2023:176A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.

Case Number AUTO 176/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from hearing the appeal due to his prior participation in the lower court's decision. The applicant argued for the hearing, but the Court found the statutory cause for recusal valid under the Judicial Organization Law. Consequently, the judge was removed from the case, and the appeal proceeded without his involvement.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge cause for abstention prior judicial participation constitutional appeal Judicial Organization Law

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 176/2023, de 30 de marzo de 2023. Recurso de amparo 632-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 632-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 632-2023, promovido por don Josep Maria Mompart Claveres en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 1 de febrero de 2023 la procuradora de los tribunales doña Ana María Casas Muñoz, en nombre y representación de don Josep Maria Mompart Claveres y bajo la dirección del letrado don Dionisio Moreno Trigo, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 30 de noviembre de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 3429-2022.

2. Por escrito de 14 de febrero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 632-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a treinta de marzo de dos mil veintitrés.