Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of judge who previously decided the case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court granted a request for recusal, removing a magistrate from the appeal process. The magistrate had previously served on the Supreme Court's administrative section that issued the contested ruling. Consequently, the court formally excluded him from hearing the case to ensure impartiality.
Legislator headnote
AI generatedArts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge who participated in the prior instance of the same case is legally obligated to recuse themselves from the constitutional appeal to guarantee judicial impartiality.
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Sección Tercera. Auto 156/2023, de 23 de marzo de 2023. Recurso de amparo 1282-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1282-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1282-2023, promovido por don Hugo Bravo Argüelles en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 24 de febrero de 2023 el procurador de los tribunales don Francisco Javier Milán Rentero, en nombre y representación de don Hugo Bravo Argüelles y bajo la dirección de la letrada doña Rosa María Sanz Carrasco, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 16 de noviembre de 2022 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 2739-2022.
2. Por escrito de 9 de marzo de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1282-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil veintitrés.