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AUTO 74/2023 ECLI:ES:TC:2023:74A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal request due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 74/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a formal request for recusal by a judge who had previously participated in the administrative proceedings. The applicant argued that the judge's prior involvement violated impartiality requirements under the Judicial Organization Law. The court ruled that the statutory cause for recusal was met, thereby removing the judge from the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTTTC; 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves if they previously participated in the judicial instance that issued the contested resolution.

Keywords

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recusal of judge impartiality requirement prior judicial involvement administrative proceedings judicial organization law

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Tribunal
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 74/2023, de 24 de febrero de 2023. Recurso de amparo 1733-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1733-2022, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 1733-2022, promovido por don Fermín Alcina Sancho en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 14 de marzo de 2022 la procuradora de los tribunales doña María Mercedes Pérez García, en nombre y representación de don Fermín Alcina Sancho y bajo la dirección del letrado don Vicente Angel Verchili Corbin, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 26 de enero de 2022, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

2. Por escrito de 31 de enero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado señor don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 1733-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés.