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AUTO 49/2023 ECLI:ES:TC:2023:49A AI generated

Constitutional Court dismisses appeal due to mandatory recusal of judge who previously decided the case.

Case Number AUTO 49/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court granted a request for recusal, removing a judge from the appeal process. The judge had previously participated in the lower court decision being challenged. Consequently, the appeal was dismissed as the judge was no longer authorized to hear the case.

Legislator headnote

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Arts. 80 LOTC; 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the judicial organ that issued the impugned resolution is subject to mandatory recusal in a constitutional appeal.

Keywords

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mandatory recusal judicial impartiality constitutional appeal prior participation LOPJ recusal conflict of interest judge disqualification

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 49/2023, de 15 de febrero de 2023. Recurso de amparo 41-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 41-2023, promovido en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo núm. 41-2023, promovido por doña Xiomara del Carmen Pacheco en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 9 de enero de 2023, la procuradora doña María Teresa Infante Ruiz, bajo la dirección del letrado don Jesús Manuel Fernández Martínez, interpuso demanda de amparo contra la providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de casación 6618-2022, contra la sentencia de la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso de apelación 238-2022.

2. Por escrito de 26 de enero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado Excmo. Sr. don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 41-2023 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a quince de febrero de dos mil veintitrés.