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AUTO 23/2023 ECLI:ES:TC:2023:23A AI generated

Constitutional Court grants a judge's recusal due to prior involvement in the appealed administrative resolution.

Case Number AUTO 23/2023
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative resolution being challenged. The applicant argued for the judge's removal based on potential bias arising from that prior involvement. The court ruled that the statutory cause for recusal was met, thereby removing the judge from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the resolution being appealed.

Keywords

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recusal of judge cause for recusal prior judicial involvement constitutional appeal administrative resolution LOPJ recusal impartiality requirement

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
art. 219 LOPJ
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Full text

Sección Tercera. Auto 23/2023, de 6 de febrero de 2023. Recurso de amparo 2035-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2035-2022, en proceso contencioso-administrativo.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo 2035-2022, promovido por doña Julia Montalbán Motos y otros en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 23 de marzo de 2022 la procuradora de los tribunales doña Consuelo Rodríguez Chacón, en nombre y representación de doña Julia Montalbán Motos y otros y bajo la dirección de la letrada doña Ana Gonzálvez Ferrando, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 3 de febrero de 2022 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictada en recurso de casación 7488-2020 contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en recurso de apelación 27-2019.

2. Por escrito de 24 de enero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado Excmo. Sr. don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2035-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a seis de febrero de dos mil veintitrés.