Constitutional Court grants judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative case.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted the recusal of a judge who had previously participated in the administrative proceedings underlying the appeal. The applicant, Kevin Javier Torres Patiño, filed a constitutional appeal against a Supreme Court ruling, which was later decided by the same judge now seeking to withdraw. The court ruled that the judge's prior participation in the administrative instance constituted a valid cause for abstention under the Judicial Organization Law.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTT; Art. 219.11 LOPJ: A judge who previously participated in the administrative instance leading to the appeal is subject to mandatory recusal to ensure impartiality.
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Sección Tercera. Auto 22/2023, de 6 de febrero de 2023. Recurso de amparo 934-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 934-2022, en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo 934-2022, promovido por don Kevin Javier Torres Patiño en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 11 de febrero de 2022 la procuradora de los tribunales doña María Dolores González Rodríguez, en nombre y representación de don Kevin Javier Torres Patiño y bajo la dirección de la letrada doña María del Carmen Márquez Santos, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 2 de febrero de 2022 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación 2037-2021 contra la sentencia de la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en recurso de apelación 833-2020.
2. Por escrito de 24 de enero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado Excmo. Sr. don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 934-2022 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a seis de febrero de dos mil veintitrés.