Constitutional Court grants judge's recusal due to prior involvement in the contested administrative resolution.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a judge's request to recuse himself from the appeal process. The judge, César Tolosa Tribiño, argued he must abstain because he previously served on the Supreme Court section that issued the administrative resolution under review. The court ruled that his prior participation in the lower instance created a conflict of interest under Article 219.11 of the Judicial Organization Law, justifying his removal from the case.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must recuse themselves from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial organ that issued the contested resolution.
Keywords
AI generatedCited Legislation
AI generatedRelated Decisions
AI generatedFull text
Sección Tercera. Auto 19/2023, de 6 de febrero de 2023. Recurso de amparo 2819-2021. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2819-2021, en proceso contencioso-administrativo.
La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y la magistrada doña Laura Díez Bueso, en el recurso de amparo 2819-2021, promovido por la UTE Puente de Cádiz en proceso contencioso-administrativo, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 6 de mayo de 2021 el procurador de los tribunales don Federico Pinilla Romeo, en nombre y representación de UTE Puente de Cádiz y bajo la dirección del letrado don Nicolás González-Deleito Domínguez, interpuso demanda de amparo contra la providencia de 18 de marzo de 2021 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en recurso de casación 5947-2020 contra la sentencia dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en procedimiento ordinario 453-2017.
2. Por escrito de 6 de febrero de 2023 el magistrado don César Tolosa Tribiño manifestó su voluntad de abstenerse en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que concurría la causa establecida en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber intervenido en la instancia anterior, toda vez que formó parte en su condición de magistrado de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó la resolución impugnada.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don César Tolosa Tribiño, magistrado de este tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la resolución impugnada en amparo, está incurso en la causa de abstención del párrafo 11 del art. 219 LOPJ.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado Excmo. Sr. don César Tolosa Tribiño en el recurso de amparo núm. 2819-2021 y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a seis de febrero de dos mil veintitrés.