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AUTO 174/2022 ECLI:ES:TC:2022:174A AI generated

Constitutional Court accepts military judge's abstention due to conflict of interest under judicial law.

Case Number AUTO 174/2022
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Third Section of the Spanish Constitutional Court accepted a judge's request to abstain from the appeal. The applicant challenged a military court sentence, while the presiding judge cited a specific judicial law provision regarding conflicts of interest. The court ruled that the statutory grounds for abstention were justified, thereby removing the judge from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.15 LOPJ: A judge may be excused from hearing a case when a statutory cause of abstention exists, such as a conflict of interest, and the court must verify the justification before accepting the request.

Keywords

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judicial abstention conflict of interest military proceedings constitutional appeal judge disqualification

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
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Full text

Sección Tercera. Auto 174/2022, de 1 de diciembre de 2022. Recurso de amparo 7909-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 7909-2022, en proceso militar.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Juan Antonio Xiol Ríos, presidente, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, en el recurso de amparo núm. 7909-2022, promovido por doña Mª Teresa Franco Macías, contra la sentencia 94/2022, de fecha 19 de octubre, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de amparo núm. 7909-2022 se impugna la sentencia 94/2022, de fecha 19 de octubre de 2022, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal contra la sentencia de fecha 10 de marzo de 2022, dictada por el Tribunal Militar Territorial Primero.

Mediante escrito de 1 de diciembre de 2022 el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 7909-2022, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a uno de diciembre de dos mil veintidós.