Constitutional Court corrects a clerical error in a previous judgment regarding the applicant's name.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court issued an auto to correct a material error in a prior judgment (STC 84/2022) that misidentified the applicant's first name. The procedural outcome involved a request by the legal representative to amend the record from 'Juan Antonio' to 'José Antonio'. The court ruled that such manifest errors in judicial resolutions can be rectified at any time under the relevant judicial law.
Legislator headnote
AI generatedArt. 267.3 of the Organic Law of the Judiciary; material errors manifest in judicial resolutions may be rectified at any time.
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Sala Primera. Auto 115/2022, de 12 de septiembre de 2022. Recurso de amparo 83-2021. Rectifica un error material padecido en la sentencia 84/2022, de 27 de junio, dictada en el recurso de amparo 83-2021, promovido por don José Antonio Vázquez Nieto y continuado por doña María Paz Lucía Casademunt, en su condición de sucesora procesal mortis causa, en proceso contencioso-administrativo.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Pedro José González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Santiago Martínez-Vares García y don Ricardo Enríquez Sancho, y las magistradas doña María Luisa Balaguer Callejón y doña Inmaculada Montalbán Huertas, en el recurso de amparo núm. 83-2021, promovido por don José Antonio Vázquez Nieto y continuado por su sucesora procesal mortis causa doña María Paz Lucía Casademunt, ha dictado el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. En fecha 27 de junio de 2022, la Sala Primera del Tribunal Constitucional dictó sentencia (STC 84/2022) mediante la cual resolvió el recurso de amparo núm. 83-2021, promovido por don José Antonio Vázquez Nieto y continuado por su sucesora procesal mortis causa doña María Paz Lucía Casademunt, representados por la procuradora de los tribunales doña Esther Pérez-Cabezos Gallego y asistidos del letrado José María Villalvilla Muñoz.
2. En el fallo de la indicada sentencia se hace constar que el recurso de amparo fue interpuesto por don Juan Antonio Vázquez Nieto.
3. En fecha 4 de julio de 2022, la procuradora de tribunales doña Esther Pérez-Cabezos Gallego interesó, en la representación que ostenta, que se rectificara el error que aparece en el fallo de la sentencia, donde se identifica como recurrente en amparo a don Juan Antonio Vázquez Nieto, “siendo su nombre de pila José Antonio”.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 267.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), los errores materiales manifiestos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento.
En el presente caso se ha advertido la existencia de un error material en el fallo de la sentencia objeto de mención, donde equivocadamente se indica el nombre de “don Juan Antonio Vázquez Nieto”, cuando quien realmente interpuso el recurso de amparo fue “don José Antonio Vázquez Nieto”. Por tanto, siendo notorio el error padecido procede la rectificación del fallo de la sentencia en los términos interesados.
Por lo expuesto, la Sala
ACUERDA
Rectificar el error material habido en el fallo de la sentencia identificada en los antecedentes de esta resolución, mediante la sustitución del nombre de don Juan Antonio Vázquez Nieto por el de don José Antonio Vázquez Nieto.
Madrid, a doce de septiembre de dos mil veintidós.