Legislator Case Law & Legislation
AUTO 56/2022 ECLI:ES:TC:2022:56A AI generated

Constitutional Court accepts a judge's abstention in a social rights appeal due to statutory conflict of interest.

Case Number AUTO 56/2022
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

AI generated

The Third Section of the Spanish Constitutional Court accepted a formal request for a judge's abstention from a social rights appeal. The applicant, Gloria Rodríguez Tabares, challenged a lower court ruling regarding her social benefits, while the opposing party did not contest the procedural motion. The court ruled that the statutory grounds for the judge's recusal were valid and justified, thereby removing him from the case.

Legislator headnote

AI generated

Art. 80 LOTC; Art. 219.15 LOPJ: A judge's abstention in a constitutional appeal is justified when statutory grounds for recusal exist, resulting in the judge's definitive removal from the case.

Keywords

AI generated
constitutional appeal judge abstention statutory recusal social rights appeal conflict of interest LOPJ recusal procedural dismissal

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 LOTC
219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art.
art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art.
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Sección Tercera. Auto 56/2022, de 11 de marzo de 2022. Recurso de amparo 1258-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1258-2022, promovido en litigio social.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos, presidente, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, en el recurso de amparo núm. 1258-2022, promovido por doña Gloria Rodríguez Tabares y doña Elena María del Río Nistal, contra la sentencia de 30 de diciembre de 2021 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña en el recurso de suplicación 457-2021, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de amparo núm. 1258-2022 se impugna la sentencia de 30 de diciembre de 2021 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña en recurso de suplicación 457-2021.

Mediante escrito de 2 de marzo de 2022 el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 1258-2022, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a once de marzo de dos mil veintidós.