Legislator Case Law & Legislation
AUTO 55/2022 ECLI:ES:TC:2022:55A AI generated

Constitutional Court accepts military judge's abstention due to conflict of interest under judicial law.

Case Number AUTO 55/2022
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Third Section of the Spanish Constitutional Court accepted a request for a military judge to abstain from the amparo proceeding. The applicant, a former Guardia Civil officer, challenged a disciplinary sentence, while the judge cited specific articles in the Judicial and Constitutional Organs Laws as grounds for withdrawal. The court ruled that the statutory cause for abstention was justified, thereby removing the judge from the case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.15 LOPJ: A judge must abstain from a case when a statutory cause for recusal exists, and the Constitutional Court must formally accept such a request to ensure impartiality.

Keywords

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judicial abstention conflict of interest military judge constitutional amparo recusal grounds

Cited Legislation

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Art. 80 LOTC
219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art.
art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art.
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Full text

Sección Tercera. Auto 55/2022, de 11 de marzo de 2022. Recurso de amparo 6096-2021. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6096-2021, promovido en proceso militar.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Juan Antonio Xiol Ríos, presidente, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, en el recurso de amparo núm. 6096-2021, promovido por don Gustavo Adolfo Álvarez Villar contra la sentencia 72/2021, de 20 de julio, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de amparo núm. 6096-2021 se impugna la sentencia 72/2021, de 20 de julio, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo en recurso contencioso disciplinario militar ordinario núm. 65-2019 frente a la resolución del director de la Guardia Civil de 6 de marzo de 2019.

Mediante escrito de 2 de marzo de 2022 el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la LOTC (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 6096-2021, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a once de marzo de dos mil veintidós.