Legislator Case Law & Legislation
AUTO 46/2022 ECLI:ES:TC:2022:46A AI generated

Constitutional Court accepts military judge's abstention due to conflict of interest under judicial law.

Case Number AUTO 46/2022
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

AI generated

The Third Section of the Spanish Constitutional Court accepted a formal abstention by Judge Cándido Conde-Pumpido Tourón from the amparo proceeding. The judge invoked Article 219.15 of the Organic Law of the Judiciary, citing a specific cause for recusal that precluded his participation. Consequently, the judge was definitively removed from the case, leaving the amparo without a quorum.

Legislator headnote

AI generated

Art. 80 LOTC; Art. 219.15 LOPJ: A judge may be excused from participating in a constitutional amparo proceeding when a statutory cause for abstension exists, resulting in the definitive removal from the case.

Keywords

AI generated
constitutional amparo judge abstention conflict of interest military justice recusal grounds LOPJ recusal quorum requirement

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 LOTC
219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
art. 219.15 LOPJ
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Sección Tercera. Auto 46/2022, de 28 de febrero de 2022. Recurso de amparo 3544-2021. Acepta una abstención en el recurso de amparo 3544-2021, promovido en proceso militar.

La Sección Tercera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos, presidente; y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera en el recurso de amparo núm. 3544-2021, promovido por don Carlos Ferrer Egea contra la sentencia 39/2021, de 20 de abril de 2021, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de amparo núm. 3544-2021 se impugna la sentencia 39/2021, de 20 de abril, dictada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo en recurso contencioso disciplinario militar ordinario núm. 77-2020 frente a la resolución de la Excma. ministra de Defensa de 4 de noviembre de 2020.

Mediante escrito de 21 de febrero de 2022 el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón magistrado de esta Sección Tercera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 3544-2021, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil veintidós.