Legislator Case Law & Legislation
AUTO 105/2021 ECLI:ES:TC:2021:105A AI generated

Constitutional Court grants abstention for judge who previously participated in extradition ruling.

Case Number AUTO 105/2021
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted a formal request for a judge to abstain from hearing the amparo appeal. The applicant, Samir Hafhaf, challenged a lower court order permitting his extradition to Morocco, but the specific judge assigned to this case had previously participated in the extradition proceedings. The court ruled that the judge's prior involvement compromised impartiality, justifying his removal from the current case.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.16 LOPJ: A judge must abstain from a constitutional appeal if they previously participated in the judicial proceedings that are the subject of the appeal, to ensure impartiality.

Keywords

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judicial abstention impartiality requirement extradition proceedings constitutional appeal conflict of interest Ley Orgánica Tribunal Constitucional Ley Orgánica Poder Judicial

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.16 of the Organic Law of the Judicial Power
Vista la comunicación efectuada por don Ramón Sáez Valcárcel, magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
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Full text

Sección Cuarta. Auto 105/2021, de 13 de diciembre de 2021. Recurso de amparo 7757-2021. Acepta una abstención en el recurso de amparo 7757-2021, promovido por don Samir Hafhaf, en causa penal.

La Sección Cuarta del Tribunal Constitucional compuesta por el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, presidente, y el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla, en el recurso de amparo núm. 7757-2021, promovido por don Samir Hafhaf, en causa penal, ha dictado el siguiente

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el presente recurso de amparo se impugna el auto de 14 de octubre de 2021 dictado por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso de súplica núm. 63-2021, interpuesto contra el auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 1 de julio de 2021 en el rollo de Sala núm. 22-2021, procedente del procedimiento de extradición núm. 24-2020 del Juzgado Central de Instrucción núm. 5, que declaró procedente en vía judicial la extradición de don Samir Hafhaf solicitada por las autoridades de Marruecos.

Mediante escrito fechado el día 13 de diciembre de 2021, el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber tenido conocimiento procesal de los hechos y de las actuaciones seguidas en tanto que integrante del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que resolvió mediante auto de 14 de octubre de 2021 el recurso de súplica formulado por el demandante frente al auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 1 de julio de 2021 que autorizaba su entrega.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Ramón Sáez Valcárcel, magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado magistrado ha tenido conocimiento precedente del litigio ahora planteado en su condición de magistrado de la Sala Penal de la Audiencia Nacional habiendo intervenido en una de las resoluciones judiciales que se mencionan como fuente de la vulneración del derecho fundamental invocado, lo que afecta a la imparcialidad, que rige su integración en la Sala.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel en el recurso de amparo núm. 7757-2021, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a trece de diciembre de dos mil veintiuno.