Constitutional Court accepts judge's abstention in amparo proceeding due to conflict of interest under judicial law.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court accepted a request for a judge's abstention in an amparo proceeding regarding a criminal case. The applicant, Mourad Barouki, challenged a Supreme Court sentence, while the presiding judge invoked specific articles of the Organic Law of the Judiciary to justify withdrawal. The court ruled that the statutory grounds for abstention were met, thereby removing the judge from the case.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: When a judge identifies a cause for abstention under the Organic Law of the Judiciary, the Constitutional Court must accept the withdrawal and remove the judge from the proceeding.
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Sección Primera. Auto 51/2018, de 7 de mayo de 2018. Recurso de amparo 5674-2017. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5674-2017, promovido por don Mourad Barouki en causa penal.
AUTO
I. Antecedentes
Único.
En el recurso de amparo núm. 5674-2017 se impugna la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo recaída en recurso de casación núm. 10371-2016-P, de fecha 19 de enero de 2017, contra la dictada por la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid en ejecutoria 12-2017.
Mediante escrito fechado el 7 de mayo de 2018 el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón Magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Por todo lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 5674-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a siete de mayo de dos mil dieciocho.