Constitutional Court dismisses amparo appeal due to mandatory judicial abstention by the presiding magistrate.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court formally accepted the abstention of Magistrate Cándido Conde-Pumpido Tourón from the amparo appeal 4606-2017. The magistrate invoked Article 219.15 of the Organic Law of the Judiciary, citing a specific cause for abstention related to the military proceedings context. Consequently, the Court ruled that the abstention was justified and definitively removed the magistrate from the case's knowledge.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.15 LOPJ: The Constitutional Court must accept a magistrate's justified cause of abstention under the Organic Law of the Judiciary, thereby removing them from the case's knowledge.
Keywords
AI generatedCited Legislation
AI generatedRelated Decisions
AI generatedFull text
Sección Primera. Auto 164/2017, de 5 de diciembre de 2017. Recurso de amparo 4606-2017. Acepta una abstención en el recurso de amparo 4606-2017, promovido por don José Ángel Rodríguez en proceso militar.
AUTO
I. Antecedentes
Único.
En el recurso de amparo núm. 4606-2017 se impugna la Sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo recaída en recurso de casación núm. 124-2016 contra la dictada por el Tribunal Militar Territorial primero en recurso contencioso-disciplinario militar ordinario núm. 47-2015.
Mediante escrito fechado el 5 de diciembre de 2017 el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón Magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Por todo lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 4606-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a cinco de diciembre de dos mil diecisiete.